Prostitución en Argentina: qué está permitido, qué está prohibido y dónde aparecen los delitos

En su columna en “La Voz del Viento”, el abogado Martín Luft abordó un tema polémico y poco discutido públicamente: el marco legal del ejercicio de la prostitución en Argentina. Explicó qué ocurre cuando se trata de una actividad voluntaria y autónoma, cuáles son las conductas que sí están alcanzadas por el Código Penal y el debate existente en torno a su regulación.

El ejercicio de la prostitución en Argentina se encuentra atravesado por una particularidad: el trabajo sexual ejercido de manera autónoma y voluntaria por una persona adulta no está penalizado, pero sí existen distintas conductas vinculadas a la explotación sexual, la facilitación y el regenteo que están prohibidas por la legislación.

El tema fue analizado por el abogado Martín Luft durante su habitual columna en La Voz del Viento, donde explicó que Argentina se encuadra dentro de un modelo denominado abolicionista.

“Si bien en Argentina el ejercicio autónomo y voluntario de la prostitución no está penado”, señaló Luft, la legislación sí persigue penalmente conductas como el regenteo, la facilitación o la explotación sexual de otra persona.

En ese sentido, aclaró que una persona adulta que decide ejercer voluntariamente el trabajo sexual no comete, por ese solo hecho, un delito. La situación cambia cuando aparece un tercero que obtiene un beneficio económico de la actividad sexual ajena o interviene para facilitarla en determinadas circunstancias contempladas por la legislación penal.

Prostíbulos y explotación

Luft recordó además la vigencia de la Ley 12.331, que establece la prohibición de las casas o locales destinados a la prostitución.

El abogado explicó que esto genera una zona particularmente compleja: mientras el ejercicio individual y voluntario no está penalizado, organizar un lugar para que otras personas ejerzan la prostitución puede quedar alcanzado por figuras penales, aun cuando quienes trabajan allí manifiesten hacerlo voluntariamente.

Durante la charla también se hizo referencia a términos como “proxenetismo” y “rufianería”, utilizados históricamente para describir diferentes formas de aprovechamiento económico de la prostitución ajena.

El consentimiento no siempre excluye el delito

Uno de los puntos centrales planteados durante la columna fue que el consentimiento de una persona no necesariamente vuelve lícita la conducta de un tercero.

Según explicó Luft, si alguien obtiene ganancias mediante la explotación económica del trabajo sexual de otra persona, puede incurrir en una conducta penalmente relevante incluso cuando esa persona haya aceptado inicialmente ejercer la actividad.

El análisis también llevó al concepto de trata de personas, que comprende conductas como la captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas con fines de explotación.

El abogado recordó que la explotación no necesariamente tiene que ser sexual: también puede existir trata con fines de reducción a la servidumbre o explotación laboral.

Un debate entre prohibición y regulación

La conversación permitió poner sobre la mesa uno de los principales debates que existen en torno al trabajo sexual: mantener el actual modelo abolicionista o avanzar hacia algún tipo de regulación.

Luft explicó que existe un sector que plantea la necesidad de reglamentar el trabajo sexual ejercido voluntariamente, con el objetivo de permitir que quienes lo realizan puedan acceder a herramientas como cobertura médica, aportes jubilatorios y reconocimiento formal de su actividad.

En ese sentido, mencionó la existencia de organizaciones que históricamente han reclamado la regulación del trabajo sexual.

Sin embargo, también advirtió sobre la dificultad de establecer una frontera clara entre una actividad voluntaria y situaciones de explotación.

“Si vos te ponés un poquito permisivo, van a proliferar los delitos”, sostuvo durante la conversación, al señalar que una regulación demasiado flexible podría ser utilizada para intentar encubrir actividades de explotación.

La situación en Tierra del Fuego

Durante la columna también se recordó que Tierra del Fuego tuvo históricamente lugares donde se ejercía la prostitución de manera abierta, así como mecanismos como las antiguas libretas sanitarias.

Luft explicó que este tipo de antecedentes incluso generó conflictos judiciales relacionados con víctimas de trata, debido al rol que había tenido el Estado en la regulación o habilitación de determinadas actividades.

La discusión llevó además a mencionar casos judiciales conocidos de la provincia relacionados con la explotación sexual y la trata de personas.

Las nuevas formas de ejercer el trabajo sexual

Otro de los aspectos destacados durante la conversación fue el impacto de las nuevas tecnologías. Las plataformas digitales permitieron que muchas personas puedan establecer contacto directamente con potenciales clientes, sin la intervención de intermediarios.

Para Luft, esto modificó sustancialmente la forma en que se desarrolla el trabajo sexual y generó nuevas situaciones que también deben ser analizadas desde el punto de vista jurídico y social.

El abogado consideró que no existe una respuesta sencilla frente al debate entre prohibición y regulación y remarcó que se trata de “un tema muy espinoso”, atravesado por cuestiones de autonomía, vulnerabilidad, seguridad y explotación.

Una discusión que sigue abierta

La columna dejó planteado un debate que excede la cuestión estrictamente penal: cómo garantizar la autonomía de las personas adultas que deciden ejercer el trabajo sexual y, al mismo tiempo, evitar que esa actividad sea utilizada como fachada para la explotación, el proxenetismo o la trata de personas.

En Argentina, explicó Luft, el punto de partida continúa siendo que el ejercicio autónomo y voluntario no constituye por sí mismo un delito, mientras que las conductas de terceros vinculadas con la explotación sexual ajena sí pueden ser penalmente sancionadas.

La discusión sobre si ese modelo resulta suficiente, si debe modificarse o si corresponde avanzar hacia algún tipo de regulación continúa abierta.